Título de Especialista Europeo
La necesidad de la acreditación como especialista europeo en Psicología:
Atendiendo a la especial situación que atraviesan ciertos estados europeos en cuanto a la legislación que regula la obtención de ciertas titulaciones, como el título de psicólogo clínico, EFP, incluye entre sus estatutos el favorecer la ordenación del ejercicio de la profesión de Psicología. El Título de Especialista Europeo en Psicología pretende tener en cuenta el gran número de psicólogos que, sin poseer titulaciones como la anteriormente citada, cuenta con formación especializada en las diferentes áreas que abarca el campo de la Psicología, e incluso han contribuido con su conocimiento al desarrollo del campo. Esa contribución exige un reconocimiento de calidad en el marco de la Unión Europea.
Para la consecución de este objetivo, la EFP expide, a los profesionales que cumplan con los criterios de acreditación, los siguientes Títulos de Especialista:
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Nuestros Títulos, que pretenden ser un referente en el marco europeo y los distintos organismos, asociaciones y colectivos que en el mismo se integran, acreditan una formación de calidad y una experiencia profesional en el campo al que se refieren, a los profesionales a los que les son concedidos, lo que facilitaría la libre circulación profesional entre los estados miembros. Por medio de estos Títulos queda reconocida públicamente la capacitación como especialista, por medio del Comisionado de Acreditación de Psicólogos Especialistas Europeos de EFP.
La certificación de EFP como Especialista Europeo en Psicología, garantiza que un psicólogo posee las competencias, aptitudes y actitud necesarias, adquiridas mediante la formación y experiencia profesional, para ejercer su labor como experto, en los diferentes ámbitos en los que EFP ofrece sus Títulos de Especialista. Éste es un aspecto de máxima importancia para aquellos profesionales que se encuentran inmersos en el mercado laboral, puesto que empresas, clínicas o entidades contratantes cuentan con un sello de calidad en cuanto a la futura labor del psicólogo candidato en un proceso de selección.
Debido a su carácter longitudinal (el título de Especialista Europeo en Psicología debe renovarse cada cinco años, acreditando durante ese periodo la actividad y formación profesionales), este Título garantiza que el profesional al que le ha sido expedido está totalmente actualizado, comprometido con la mejora y formación continua, aspectos esenciales para el desarrollo de una actividad en constante cambio y avance, como es la práctica psicológica.
Introducción
El Título de Especialista Europeo dota a los profesionales a quienes este título es concedido y a quienes disfrutan de sus servicios, de la seguridad de que, tanto su formación como su experiencia y trayectoria profesional los capacita para ejercer como especialistas, con unos adecuados estándares de calidad.
Toda la documentación aportada por el candidato irá destinada a acreditar la formación y experiencia del psicólogo, que le capacitará para ostentar el título de Especialista Europeo.
El candidato es enteramente responsable de la veracidad de la documentación aportada, así como del contenido de las cartas de recomendación necesarias para completar la candidatura.
La Comisión de Acreditación de Psicólogos Especialistas será el organismo encargado de valorar las solicitudes, así como la documentación adjunta, con la finalidad de dictaminar si la formación seguida por el candidato, así como la trayectoria profesional que éste ha llevado, garantizan que la práctica del psicólogo acreditado responderá a los exigentes y rigurosos criterios de eficiencia marcados por EFP.
El candidato deberá rellenar su solicitud y acompañarla de la documentación solicitada, a la siguiente dirección de correo electrónico especialista.europeo@efpnet.org
Durante el proceso de Acreditación se valorarán las aptitudes, competencias y actitud de cada uno de los solicitantes, mediante el proceso diseñado por EFP, y las candidaturas serán revisadas individualmente por la Comisión de Acreditación de Psicólogos Europeos, con la finalidad de dictaminar si éstas se ajustan o no al perfil óptimo necesario para ostentar el Título de Especialista en Psicología.
El candidato puede aportar cuanta documentación considere oportuna y adecuada, siempre que la documentación obligatoria especificada por EFP sea entregada correctamente.
El psicólogo candidato a la Acreditación es enteramente responsable de la veracidad de lo expuesto en todos los documentos presentados, y la Comisión de Acreditación de Psicólogos Especialistas Europeos se reserva el derecho a realizar cuantas comprobaciones considere oportunas.
Dada la cantidad y la variedad de la formación existente en España, EFP, a través de la Comisión de Acreditación de Psicólogos Especialistas, realizará la valoración de la documentación aportada por el candidato, de forma individual, y tomará una decisión en cuanto a la concesión o no del Título, en un plazo máximo de tres meses desde la presentación de la solicitud. Esta valoración tendrá en cuenta la calidad de la formación realizada por el candidato, así como la experiencia que pueda acreditar.
Proceso de acreditación
I– Tras la recepción de la solicitud, así como toda la documentación solicitada, mediante correo electrónico, y su comprobación, por parte del personal administrativo, será remitida a la Comisión de Acreditación de Psicólogos Especialistas, que contará con un plazo de tres meses desde la fecha presente en el correo electrónico para emitir una resolución.
II– Dicha comisión comunicará, dentro del plazo estipulado, al candidato correspondiente la decisión adoptada en cuanto a la idoneidad o no de su candidatura.
III– En el caso de que la resolución fuese positiva, la Comisión de Acreditación de Psicólogos Especialistas remitirá la misma a la junta directiva, que se encargará de la emisión del Título de Especialista.
IV– Cada uno de los Psicólogos a los que se expida el Título de Especialista, quedará inscrito en EFP como Psicólogo Especialista en el área correspondiente, con la consiguiente acreditación de calidad y profesionalidad.
V– En el caso de que la resolución fuese negativa, el candidato podrá interponer recurso de alzada, según el procedimiento descrito en el apartado con tal nombre.
Recurso de Alzada
I– En caso de Resolución Negativa ante la solicitud de Acreditación, el psicólogo candidato podrá interponer Recurso de Alzada, en el plazo máximo de un mes, ante la Comisión de Acreditación de Psicólogos Especialistas, en el plazo máximo de un mes tras la comunicación de denegación.
II– La Comisión remitirá el citado recurso a la Junta Directiva, pudiendo ésta solicitar documentación o información complementaria al psicólogo candidato a Acreditación.
III– La Comisión de Acreditación de Psicólogos Europeos tomará una determinación respecto a la idoneidad del recurso en el plazo máximo de tres meses, tras la recepción de la documentación.
IV– En caso de Resolución Positiva, se procederá, de manera automática, a la concesión del título de Especialista Europeo en Psicología.
V– En caso de Resolución Negativa, el psicólogo candidato podrá iniciar de nuevo el proceso de Acreditación, transcurrido un periodo mínimo de dos años tras la Denegación Definitiva.
Transcurridos cinco años de la expedición del Título de Especialista, éste expirará, debiendo presentarse ante EFP, antes de su vencimiento, documentación acreditativa de haber estado en ejercicio durante el periodo de tiempo transcurrido, así como haber realizado formación relacionada con su especialidad. En caso de no poder acreditar la actividad, el Comisionado de Acreditación de Psicólogos Europeos de EFP examinará el caso y dictaminará si procede una moratoria para la renovación, o si, por el contrario se procede a la anulación del mismo.
Solicitud
La entrega de solicitudes en el estado miembro de España se realizará en la siguiente dirección de correo electrónico: especialista.europeo@efpnet.org EFP se reserva el derecho a solicitar a cualquiera de los candidatos documentación original o compulsada, en cualquier momento del procedimiento. Impreso Datos de Registro Para poder presentar la solicitud, el candidato deberá acreditar, al menos, 6 años de ejercicio profesional en el campo de la especialidad correspondiente, en los últimos diez años, y al menos tres de forma continuada en los últimos cinco, mediante Certificado de Vida Laboral, de Empresa, Certificado de Registro Sanitario, Justificante de Colegiación, Justificante de Empresa, Facturación expedida por Servicios o cualquier otro documento formal que pueda demostrar la actividad profesional. Esta documentación deberá acompañar a la solicitud, junto a dos Cartas de Recomendación de profesionales en ejercicio en el área de especialidad psicológica objeto de la acreditación, en las cuales se reflejen tanto las capacidades profesionales como la experiencia del candidato, teniendo que quedar patente que en la actualidad desarrolla su actividad profesional en ese ámbito. Sólo en casos excepcionales se contemplará la acreditación de un profesional que actualmente no esté ejerciendo en el campo objeto de la acreditación profesional, y siempre que no haya una demora temporal excesiva entre la última experiencia profesional y el momento de la acreditación. La documentación a aportar por el candidato, junto al impreso de datos de registro debidamente cumplimentado es:
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Compromiso del Candidato:
El candidato debe leer atentamente toda la información disponible en este dossier, en relación a los requerimientos y al proceso que aquí se describe, y debe comprometerse a cumplir con todos los procesos, normativas y requisitos. Debido al elevado número de solicitudes recibidas mensualmente, EFP ruega a las personas que no cumplan los requisitos necesarios, no presenten la solicitud para la obtención del Título de Especialista; con tal finalidad se insta a los candidatos a que lean con detenimiento los requisitos de acreditación.Tasas:
Las tasas correspondientes a la tramitación administrativa de solicitudes, así como al proceso de valoración de las mismas por parte de EFP, a través de la Comisión de Acreditación de Psicólogos Especialistas, deberán ser abonadas antes de presentar la solicitud, así como adjuntar impreso justificante de pago de las mismas a fin de que la solicitud sea tomada en cuenta. Datos bancarios para realizar el pago de tasas en España:
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Valoración Curricular
La situación formativa en Psicología en los diferentes estados miembros de EFP es compleja y diversa. Dando respuesta a esta problemática, EFP recoge entre sus estatutos fundacionales la finalidad de contribuir a la ordenación de la formación psicológica. A fin de lograr este objetivo, el Título de Especialista Europeo acredita que los psicólogos a quienes el mismo es concedido han superado un estricto y riguroso proceso de valoración, que certifica que la trayectoria profesional del psicólogo, su formación, y sus competencias, responden a los estándares establecidos por la Comisión de Acreditación de Psicólogos Europeos de EFP, para la obtención de este título.
El psicólogo candidato debe reflejar, con el mayor detalle y claridad posible, todos los aspectos que puedan ser de relevancia de cara a la corroboración de que su andadura profesional está guiada por principios científicos en el campo de la psicología, por la aplicación de técnicas de demostrada eficacia, por la asunción de un marco teórico que respalde sus actuaciones, y por el seguimiento de un código ético sólido.
Todos estos aspectos quedarán recogidos durante todo el proceso de valoración, insistiéndose al candidato en que sea lo más claro y específico posible en sus explicaciones, lo que facilitará la ardua labor de la Comisión de Acreditación de Psicólogos Especialistas Europeos de EFP, que tendrá que realizar una valoración individual de cada uno de los expedientes, con la finalidad de que no se puedan plantear dudas sobre la adecuación de la práctica profesional a los estándares de calidad que exige la European Foundation of Psychology para la acreditación como Psicólogo Especialista Europeo. Impreso de Valoración CurricularEstándares de calidad para la obtención del título
I- Estudio profundo de la disciplina. |
Para EFP es fundamental que el Especialista Europeo establezca un fuerte compromiso con el estudio profundo de la Psicología y de su área específica de actuación (práctica clínica, sexología, intervención social…) contribuyendo con su ejercicio al crecimiento de ambas disciplinas, la Psicología y su área de especialización concreta, fomentando el desarrollo de la eficacia profesional por medio de las aportaciones que cada una de ellas puede realizar a tal fin. El psicólogo candidato deberá plasmar, mediante declaración por escrito, cómo en su práctica diaria ejecuta este estándar de calidad, cómo ha adquirido sus conocimientos, cuál es su grado de dominio de marcos, enfoques y corrientes psicológicas necesarios para la práctica de su área de actuación. De especial relevancia es que quede plasmada la capacidad del psicólogo para analizar, estudiar y aprehender los aspectos relevantes para llevar a cabo su labor profesional. Para plasmar todos estos aspectos, EFP considera correcto el formato de carta declarativa, en la que queden reflejadas las guías de actuación que sigue el profesional, cómo éstas corrientes, orientaciones o escuelas han determinado su labor psicológica, su trayectoria profesional y su orientación actual, incluyendo los principios fundamentales que considera pilares de su profesión. |
Impreso de declaración estándar de Calidad I |
II- Fundamentación Científica: |
La fundamentación científica es considerada por EFP un aspecto básico en la calidad de la práctica psicológica en cada una de las áreas de especialización a las que se puede referir el Título de Especialista Europeo. Las técnicas e intervenciones llevadas a cabo por el psicólogo tienen detrás toda una estructura de investigación, estudio y análisis científica sustentándolas. El psicólogo candidato debe poner de manifiesto cómo el estudio, la investigación y la comunicación son utilizados para el ejercicio de su práctica profesional diaria. El candidato deberá plasmar, mediante declaración por escrito en formato de carta declarativa, cómo en su práctica diaria ejecuta este estándar de calidad, cuál es su grado de dominio de aspectos relacionados con el diseño de estudios científicos, el seguimiento que hace de los mismos, su capacidad para interpretarlos y para integrar las conclusiones en la práctica psicológica. El candidato deberá demostrar el dominio de estudio de investigaciones y de estudio bibliográfico. También deberá quedar reflejada su capacidad de comunicación, no abordándose en este caso las habilidades terapéuticas, sino la competencia comunicativa a nivel global, es decir, la capacidad de difusión, tanto a especialistas en psicología, como a la comunidad científica o a la población en general, de cuantos aspectos relevantes se pudieran derivar de su labor profesional, para lo cual es necesario el dominio de los medios y las formas de comunicación. |
Impreso de declaración estándar de Calidad II |
III- Conocimiento de otras áreas diferentes de la propia. |
Si bien el profesional debe dominar un área/corriente psicológica, dentro de la cual debe haberse formado extensamente, e investigado y leído en abundancia, poniéndola en práctica durante el ejercicio de la práctica profesional, desde EFP consideramos que, para que el Especialista Europeo pueda responder a los estándares de calidad mínimos fijados, también debe conocer los aspectos esenciales y más eficaces de otras áreas/corrientes piscológicas distintas del que usualmente guían su labor. Puesto que la problemática abordada desde la Psicología es muy diversa, por las características de cada uno de los pacientes y clientes, así como por la singularidad de cada caso o problemática específica, totalmente variantes de un caso a otro, desde EFP se considera un aspecto fundamental el contar con recursos variados, que hayan demostrado su eficacia en el tratamiento o abordaje de los diferentes casos. El candidato deberá plasmar, mediante declaración por escrito, cómo en su práctica diaria ejecuta este estándar de calidad, cuál es su grado de conocimiento de diferentes áreas dentro de la disciplina psicológia, cómo plasma los conocimientos y principios de cada una de ellas en su práctica diaria. Para detallar este estándar, el candidato podrá optar por presentar un estudio de caso, en el que quede reflejada cuanta más información mejor, respecto al dominio de diferentes corrientes psicológicas. |
Impreso de declaración estándar de Calidad III |
IV- Valoración y Supervisión: |
Puesto que la práctica psicológica es una labor fundamentalmente individual, y con el fin de que en ningún caso el profesional pueda perder la objetividad y perspectiva, EFP considera fundamental que se vea constantemente sometido a un proceso de Valoración y Supervisión. El formato de la misma puede ser variable, y EFP está abierta a otros distintos de los aquí propuestos, siempre que sean capaces de asegurar una correcta supervisión y valoración. Los dos formatos propuestos por la EFP son:
El psicólogo candidato deberá plasmar, mediante declaración por escrito, cómo en su práctica diaria ejecuta este estándar de calidad, cuál es su grado de implicación con el proceso evaluativo, importancia concedida y utilidad percibida del mismo. Deberá realizar una descripción, lo más detallada posible, del proceso seguido en su caso en particular. Ver declaración |
Impreso de declaración estándar de Calidad IV |
V- Ética Profesional: |
Quizá el que se aborda a continuación pueda considerarse como el estándar de calidad más importante de los enunciados por EFP, y es el que hace referencia a la ética profesional. El psicólogo candidato deberá plasmar, mediante declaración por escrito, cómo en su práctica diaria ejecuta este estándar de calidad, cuál es su grado de compromiso con el Código Ético del Colegio o Asociación Representante en el Estado Miembro en el que se encuentre, su grado de conocimiento del mismo, y el grado de ajuste de su práctica profesional a los principios enunciados en él. |
Impreso de declaración estándar de Calidad V |
VI- Formación Continuada y Actualización: |
Puesto que la formación continuada, la actualización, puesta al día y reciclaje continuos son una característica esencial en un buen psicólogo, éste es un estándar de calidad imprescindible para EFP. Por esta razón, la certificación como Especialista Europeo tendrá una validez de cinco años. Antes de la finalización de este plazo, el Especialista deberá solicitar la ampliación de su validez durante un periodo de otros cinco años. El psicólogo candidato deberá plasmar, mediante declaración por escrito, cómo en su práctica diaria ejecuta este estándar de calidad, cuál es su grado de implicación con la formación continua, acciones formativas seguidas para la actualización durante los últimos cinco años, desarrollo y mejora de los conocimientos necesarios para alcanzar la excelencia profesional que acredita la obtención del Título de Especialista Europeo. |
Impreso de declaración estándar de Calidad VI |
Compromiso Ético
El profesional que solicite el Título de Especialista en Psicología deberá ajustar su práctica profesional a los principios éticos y código deontológico que regulan la profesión en el estado miembro para el que solicita el Título.
Cartas de Recomendación
Para que una carta de recomendación pueda ser tomada en cuenta, debe provenir de un psicólogo con dilatada experiencia en el campo de especialización objeto de la acreditación. Para poder corroborar este punto, el psicólogo candidato al proceso de Acreditación como Especialista Europeo debe presentar, junto a las dos cartas de recomendación, una reseña biográfica de las personas que las firman, con la finalidad de que EFP pueda determinar si las referencias provienen de un profesional con el suficiente prestigio profesional para proceder a la citada Acreditación.
El psicólogo candidato debe hacer llegar a cada profesional que firme sendas cartas, toda la información necesaria para el conocimiento de la finalidad de la Carta de Recomendación que está firmando. Para tener seguridad de que tiene conocimiento del proceso de Acreditación, EFP solicitará que se adjunte declaración firmada de que se ha puesto a su disposición cuanta información haya solicitado para el conocimiento de este proceso.
El psicólogo que firma la Carta de Recomendación es enteramente responsable de la veracidad de lo que en ella se expone, debiendo reflejar en la misma aspectos tales como:
- Calidad percibida en la actuación dentro del área en la que se solicita el Título de Especialista, del psicólogo candidato a la acreditación.
- Calidad de la formación seguida, independientemente del área concreta de elección, por parte del psicólogo candidato a la Acreditación como Especialista Europeo en Psicología.
- Logros profesionales en el campo de especialización alcanzados por parte del psicólogo candidato a la Acreditación como Especialista Europeo.
- Competencias que ostenta el candidato, y que le facultan a ejercer labores en el campo de especialización en el que solicita la Acreditación como Psicólogo Especialista Europeo .
El formato de la Carta de Recomendación es enteramente libre y sin limitación de espacio, debiendo estar reflejados los puntos citados, y firmadas cada una de sus páginas.
Si bien la procedencia de la Carta de Recomendación puede ser de una Institución Pública o Empresa Privada en la que el psicólogo candidato a la Acreditación haya ejercido su labor, ésta deber estar siempre firmada por una persona responsable de la misma, de la que, en cualquier caso, el psicólogo candidato debe aportar referencias biográficas.
Siguiendo a la finalidad, ya apuntada en otros apartados, de continua actualización y renovación que persigue EFP, al menos una de las Cartas de Recomendación debe hacer referencia a la labor actual del psicólogo candidato.
Modelo de Conocimiento del Proceso Acreditativo
Reseña biográfica del psicólogo que firma la Carta de Recomendación
Normativa |
EFP, a través de la Acreditación como Psicólogo Especialista Europeo, pretende la ordenación formativa de las diferentes especialidades psicológicas recogidas en ella, en el marco de la Unión Europea. Para ello, EFP aplica a todo el proceso de valoración, a través de su Comisión de Acreditación de Psicólogos Europeos, los estándares de calidad exigidos por esta entidad, y que considera de inapelable ostentación por parte de un especialista europeo. Para poder acceder a esta Acreditación, el psicólogo candidato debe contar con las rigurosas características de formación y experiencia, así como con las competencias necesarias, que garantizan una correcta intervención profesional. Dado el ámbito de actuación de EFP, que se extiende a todo el marco europeo, la normativa de este organismo será de igual aplicación en todos los estados miembros, y los requisitos y características exigidas al psicólogo acreditado como Especialista Europeo también serán las mismas, facilitando así la libre circulación profesional de psicólogos entre los estados miembros de EFP.
La concesión de esta titulación asegura a pacientes, clientes, empresas contratantes y miembros del colectivo de la psicología, que el profesional a quien le ha sido concedida cuenta con una acreditación de calidad diferenciadora y garante de una intervención psicológica ajustada a la eficiencia y excelencia exigidas por este organismo.
EFP considera condición sine qua non para poder iniciar el proceso de Acreditación, el estar en posesión de la Licenciatura/Grado en Psicología, no pudiendo asimilarse, en ningún caso, ninguna otra titulación para poder solicitar el Título de Especialista Europeo.
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Condiciones y criterios: |
I– La vigencia de la Acreditación como Especialista Europeo será de 5 años tras la concesión de la misma.
II– Para proceder a la Acreditación es condición necesaria la declaración de realización de práctica profesional ajustada al Código Deontológico de la Asociación Representante o Colegio Profesional de Referencia en el estado miembro en el que el psicólogo ejerza su labor profesional.
III– Para proceder a la ampliación de la vigencia de la Acreditación como Especialista Europeo, será necesario realizar solicitud de la misma durante el año anterior a la expiración.
IV– Para realizar la citada renovación, será necesario presentar, junto a la solicitud, documentación acreditativa de haber estado en ejercicio durante el periodo de tiempo transcurrido, así como haber realizado formación relacionada con su especialidad.
V– La Acreditación como Especialista Europeo podrá solicitarse únicamente con carácter individual y a título personal por los psicólogos que cumplan los requisitos establecidos por EFP.
VI– El psicólogo solicitante de la Acreditación debe estar en activo realizando tareas propias del campo de especialización en el que solicita el Título para poder iniciar el proceso. Sólo en casos excepcionales, debidamente valorados de forma individual por la Comisión de Acreditación de Psicólogos Especialistas, se procederá a la acreditación de profesionales que no estén actualmente en ejercicio, y siempre que la última experiencia profesional en el campo de especialización no diste mucho en el tiempo de la solicitud de acreditación.
VII– Las tasas pagadas por el solicitante son satisfechas en concepto de gastos administrativos y valorativos de la candidatura. Dichas tasas serán revisadas y fijadas anualmente EFP, y su finalidad será exclusivamente la aquí descrita.
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Organismos de acreditación: |
I– La Comisión de Acreditación de Psicólogos Especialistas Europeos es el organismo designado por EFP para diseñar, adaptar y asegurar el cumplimiento de esta normativa durante el proceso de Acreditacion de Especialista Europeo.
II– La elección de los miembros integrantes la Comisión de Acreditación de Especialistas Europeos se realizará con una periodicidad de cuatro años. Todos los miembros deben ser Psicólogos Especialistas.
III– Las principales funciones de la Comisión de Acreditación de Psicólogos Europeos son:
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Deberes y Derechos del Especialista Europeo en Psicología |
I– Por la firma del compromiso con el Código Deontológico de Aplicación en el estado miembro en el que ejerce el Psicólogo Especialista Europeo, éste se responsabiliza de que su práctica profesional estará ajustada en todo momento al mismo. En caso de que EFP, por medio de cualquiera de sus órganos responsables, tuviera conocimiento de la ruptura de este compromiso, la Acreditación como Especialista Europeo en Psicología quedaría inmediatamente en suspenso durante el proceso de corroboración de la falta al Código Ético, quedando extinta en caso de confirmarse este hecho.
II– La posesión del Título de Especialista Europeo en Psicología, faculta al profesional que lo ostenta a ejercer como Psicólogo Especialista en cualquiera de los estados miembros de EFP, y en cualquier otro país en el que la fundación tenga establecido su ámbito de actuación según sus estatutos fundacionales. |
Descripción de la Formación Necesaria |
Entre los estatutos fundacionales de EFP figura la contribución a la ordenación de la formación en el marco de la Unión Europea, tan dispar entre los estados miembros. Los requisitos de formación serán de igual aplicación en todos los estados miembros de EFP, estando sujetos a posibles revisiones en función de la modificación de normativas reguladoras.
I. Será condición indispensable para la solicitud de la Acreditación, estar en posesión del título de Licenciado/Graduado en Psicología.
II. Será condición indispensable para la solicitud de la Acreditación, haber realizado formación de postgrado en el campo de especialización en el que se solicite el Título de Especialista, durante, al menos, tres años a tiempo completo, o en el caso en que la formación no haya sido continuada o a tiempo completo, el mismo tiempo en el cómputo total de la formación.
III. La orientación profesional seguida en la formación de postgrado será indiferente para la concesión de la Acreditación, siempre que se demuestre que es formación especializada.
IV. La formación seguida debe ajustarse a los estándares de calidad enunciados por la EFP, en cuanto a la aplicación práctica de la misma, la supervisión seguida durante el periodo formativo, y el aprovechamiento de la misma para la práctica diaria.
V. El psicólogo candidato deberá aportar toda la documentación necesaria de cara a acreditar que la formación que ha seguido es de calidad, y que la supervisión aplicada garantiza que el aprovechamiento de la misma ha sido óptimo. Para ello se conmina a los psicólogos candidatos a presentar documentación lo más completa posible en cuanto a temario y metodología seguida durante su formación de postgrado. Esta documentación puede proceder de la entidad organizadora de la formación, o bien consistir en declaración expositiva del psicólogo candidato.
VI. Para proceder a la Acreditación, el candidato deberá demostrar la realización de 400 horas lectivas de aprovechamiento teórico.
VII. Para proceder a la Acreditación, el candidato deberá demostrar la realización de 500 horas de práctica supervisada, y al menos el estudio y tratamiento de 10 casos de su área de especialización.
VIII. Para proceder a la Acreditación, el candidato deberá demostrar formación extensa y en profundo grado de una de las áreas de especialización. Será necesario, asimismo, demostrar haber recibido formación proviniente de alguna otra área en algún momento de su formación. EFP considera este punto de gran importancia, puesto que es una evidencia que ciertas problemáticas se abordan mejor desde unas especialidades que desde otras, y saber cuándo es idónea la derivación, es una competencia fundamental en un buen profesional.
X. EFP, durante el proceso de valoración, determinará si la procedencia, contenidos y metodología de la formación seguida por el psicólogo candidato, reúne los estándares de calidad enunciados por esta asociación; en caso contrario, se remitirá, junto a la denegación de la expedición del título de Especialista Europeo en Psicología, informe alegando las razones por las que la formación no se adecua a los criterios de EFP.
XI. En el caso de acciones formativas acreditadas por EFP, el candidato únicamente tendrá que presentar la titulación, pues mediante la acreditación al organismo que imparte la formación, quedan avalados todos los estándares de calidad enunciados por EFP. |